Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-22992

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2013, páginas 30574 a 30574 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-22992

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 535/2013 y NIG n.º 07040 47 1 2013 0000768 se ha dictado en fecha 20/02/2013 auto de declaración de concurso de los deudores Pedro Soto Soler, con DNI 42.981.833P, y María Serrano Palazón, con DNI 05.161.775T, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Plaza Serralta, 11, 1.º A, Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3º.- Que la Abogada nombrado administrador concursal, doña Isabel Fontanet Gomila, con DNI número 78.214.181J, en fecha 07/06/2013, ha aceptado el cargo.

4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Avda. Alejandro Rosselló, 26, 1.º, 07002 Palma o dirección de correo electrónico notificaciones@ramisabogados.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma, 7 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid