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Documento BOE-B-2013-370

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2013, páginas 460 a 460 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-370

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 809/2012 C1, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Arborètum, S.L.", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número del asunto: Concurso voluntario 809/2012 Sección C1.

NIG del procedimiento: 0801947120128005557.

Entidad concursada: Arborètum S.L.", con CIF n.º B60810017.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del auto de declaración: 22 de noviembre de 2012.

Administrador/es concursal/es: Don Javier Valdezate Soto como Administrador concursal único, con correo electronico valdezate@icab.es.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 30 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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