La Directora General del Agua, por delegación del Secretario de Estado de Medio Rural y Agua con fecha de 11 de septiembre de 2012, ha resuelto autorizar la incoación del expediente de información pública del proyecto del epígrafe.
Una vez redactado el proyecto de referencia y con motivo de la afección a intereses de particulares, es necesario someter dicho documento al trámite de la información pública y consultas señalado en el artículo 16.1 de la ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
El proyecto objeto de la presente información pública estará de manifiesto en la Sección de Informaciones Públicas de la Confederación Hidrográfica del Guadiana en Mérida (Badajoz), Avenida Reina Sofía, 43. No obstante, y para el conocimiento general, se reseñan a continuación la finalidad y objetivos de la obra a realizar en el citado proyecto.
El objetivo principal del proyecto que se somete a información pública es favorecer la recuperación de la continuidad longitudinal y la conectividad lateral y vertical del tramo de río, mediante actuaciones que faciliten al ecosistema iniciar una progresiva mejora de sus condiciones actuales, para así lograr una rehabilitación parcial de algunos de sus componentes, aunque no sea posible la restauración al estado original.
Entre las actuaciones, el proyecto contempla la delimitación del espacio de movilidad fluvial, la ordenación de usos en el mismo, la eliminación de vallados en zona de servidumbre, la demolición de edificaciones fuera de uso en zona de servidumbre, la propuesta de delimitación del DPH, el apeo y deslinde del DPH, la demolición parcial de la presa de La Porquera, la actuación de mejora de la permeabilidad piscícola en el actual vado de la Calzada Romana al Camino de los Contrabandistas, la eliminación de estructuras longitudinales (motas) y el tendido de taludes para la mejora de la conectividad transversal, la estabilización de orillas, taludes y puntos críticos mediante bioingeniería, la restauración de graveras, la ejecución de técnicas de mejora del hábitat fluvial (deflectores alternos) y la instalación de refugios para la fauna para mejorar la calidad del agua y el hábitat fluvial, actuaciones sobre la vegetación existente (desbroce selectivo, limpieza y retirada de madera muerta, claras y podas), eliminación de especies alóctonas (eucalipto) e implantación de nueva cobertura vegetal, adecuación de caminos, actividades de educación ambiental, recuperación y puesta en valor de los restos del Molino de Canín e instalación de cartelería y señalización.
El plazo de ejecución estimado para las obras descritas en el proyecto es de cuarenta y ocho (48) meses. El presupuesto de ejecución material para la realización de los trabajos asciende a la cantidad de dos millones setenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos euros con ochenta y tres céntimos (2.073.462,83 euros), que aumentado en los porcentajes reglamentarios del 16% de gastos generales, el 6% de beneficio industrial y el correspondiente 18% de IVA origina un presupuesto base de licitación de dos millones novecientos ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta y siete euros con nueve céntimos (2.984.957,09 euros), el presupuesto base de licitación con el IVA al 21% asciende a tres millones sesenta mil ochocientos cuarenta y cinco euros con ochenta y tres céntimos (3.060.845,83 euros). En cuanto al coste estimado de las expropiaciones, asciende a la cantidad de ciento ocho mil seiscientos cuarenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (108.646,39 euros)
En lo referente a la tramitación ambiental del proyecto, las actuaciones del proyecto no se encuentran incluidas en ninguno de los anexos de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido, no obstante, dado que en el emplazamiento del proyecto se identifican espacios de la Red Natura 2000, se considera necesaria la solicitud mediante Documento Ambiental. El proyecto está incluido en el anexo III de la normativa vigente autonómica, que lo considera objeto de procedimiento de evaluación de impacto ambiental abreviado, no obstante dado que en el emplazamiento del proyecto se identifican espacios de la Red Natura 2000, se considera necesaria la solicitud de sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria de conformidad con lo previsto en la sección 2.ª del capítulo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, mediante Documento Ambiental.
El proceso de tramitación ambiental del proyecto de "Restauración fluvial del Río Zapatón (Badajoz)" se encuentra actualmente finalizado, habiéndose emitido la correspondiente Resolución Ambiental por parte de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, con fecha 15 de junio de 2012 ("BOE" n.º 155. Viernes 29 de junio de 2012) que resuelve que el proyecto "Restauración fluvial del río Zapatón (Badajoz)", cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la resolución ambiental, no vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental según la tramitación prevista en la Sección 1.ª del RDL 1/2008, de 11 de enero.
En el anejo n.º 10 de la memoria del proyecto se incluye la relación de los posibles bienes y derechos afectados por la construcción de las obras.
Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellas personas e instituciones que se consideren afectadas por las obras descritas en el proyecto formulen por escrito reclamaciones ante el Director Técnico de la Confederación Hidrográfica del Guadiana en Badajoz, Avenida Sinforiano Madroñero, 12 en el plazo de treinta (30) días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la presente nota extracto en el "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficialde la Provincia de Badajoz".
Fincas afectadas por las expropiaciones:
N.º Finca |
ReferenciaCatastral |
RégimenUrbanístico |
Políg. |
Parc. |
Subparc. |
Uso actual s/ Catastro |
Titularidad Catastral |
Tipo de Expropiación |
Superficie afectada (m²) |
T. M. de Alburquerque (Badajoz): |
|||||||||
1 |
06006A096000120000HS |
RÚSTICO |
96 |
12 |
c, l, k |
ENCINAR, PASTOS |
AGROPECUARIA LOS BERRIZ, SL |
PARCIAL Y TEMPORAL |
2.124,67 |
2 |
06006A097000150000HI |
RÚSTICO |
97 |
15 |
b |
CULTIVO (REGADIO) |
CARYA BOSQUES EXTREMEÑOS SL |
PARCIAL |
2.922,24 |
3 |
06006A097000140000HX |
RÚSTICO |
97 |
14 |
e |
IMPRODUCTIVO |
50% - RUIZ CALLE, ISABEL50% - PÉREZ PÉREZ, ÁNGEL |
PARCIAL |
14,40 |
4 |
06006A101000010000WQ |
RÚSTICO |
101 |
1 |
l |
GRAVERA INACTIVA |
GAMONAL GAMERO, MANUEL |
PARCIAL |
394,18 |
5 |
06006A101000200000WE |
RÚSTICO |
101 |
20 |
d |
GRAVERA INACTIVA |
PLATA RECIO S.L. |
OCUPACIÓN TEMPORAL |
495,42 |
T. M. de Badajoz ( Badajoz): |
|||||||||
1 |
06900A501000040000UT |
RÚSTICO |
501 |
4 |
a |
GRAVERA INACTIVA |
GAMONAL GAMERO, JUANA |
PARCIAL |
2.965,77 |
2 |
06900A501000030000UL |
RÚSTICO |
501 |
3 |
a |
ENCINAR |
GAMONAL GAMERO, JUANA |
PARCIAL |
16.960,17 |
3 |
06900A157000030000JD |
RÚSTICO |
157 |
3 |
c, d |
IMPRODUCTIVO y GRAVERA INACTIVA |
GIL RIVERO, MARIA JULIANA |
OCUPACIÓN TEMPORAL |
1.042,53 |
4 |
06900A659000140000HM |
RÚSTICO |
659 |
14 |
a |
GRAVERA INACTIVA |
TRANSARPE S.L. |
OCUPACIÓN TEMPORAL |
491,27 |
5 |
06900A157000020000JR |
RÚSTICO |
157 |
2 |
b |
CULTIVO (REGADIO) |
25% - DELGADO VALLINA, MARIA PILAR25% - DELGADO VALLINA, JOSÉ ANTº (Hros.)25% - DELGADO VALLINA, DIONISIO25% - DELGADO VALLINA, Mª PAZ |
PARCIAL |
1.359,45 |
6 |
06900A659000050000HG |
RÚSTICO |
659 |
5 |
0 |
GRAVERA INACTIVA |
PLATA RECIO S.L. |
TOTAL |
112.725,31 |
7 |
06900A769000830000WI |
RÚSTICO |
769 |
83 |
h |
GRAVERA INACTIVA |
FRUTOS SECOS ESPAÑOLES S.L. |
PARCIAL |
31.272,17 |
Badajoz, 25 de enero de 2013.- El Secretario General, Manuel Cobo Sánchez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid