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Documento BOE-B-2013-404

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2013, páginas 494 a 494 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-404

TEXTO

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

"Sentencia n.º 454/12.

En Sevilla, a diecinueve de diciembre de dos mil doce

Vistos por mi, don Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de esta Ciudad los presentes autos n.º 120/11 de juicio declarativo ordinario figurando, como demandante, la mercantil "Parex Morteros, S.A.", representada por el Procurador de los Tribunales don José Ignacio Alés Siolí, y asistida por el Letrado don Gustavo A. Gómez Ferré, y, como demandada, doña María Dolores Gil Tejada, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la entidad "Parex Morteros, S.A.", representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Alés Siolí, contra doña María Dolores Gil Tejada, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria de ésta, en su calidad de Administradora única de la entidad "Revestimientos Bolívar, S.L.", a la satisfacción de la deuda social de dicha entidad actuada en las presentes actuaciones, y en su consecuencia, condeno a la misma a estar y pasar por dicha declaración, y a que abone a aquélla la cantidad de treinta y cuatro mil quinientos noventa y dos euros con sesenta y tres céntimos (34.592,63 euros), así como los intereses legales que se devenguen sobre las costas tasadas, por importe de 5.363,96 euros, desde la fecha de la demanda hasta su completo pago, y con más los intereses legales devengados en la forma que se indica en el Fundamento Jurídico Tercero de esta resolución y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente, siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2.009, de 3 de noviembre.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia el día de su fecha, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública. Doy fe."

Y como consecuencia del ignorado paradero de María Dolores Gil Tejada, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, 20 de diciembre de 2012.- Secretaria Judicial.

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