El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:
Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado bajo el número 870/09, en el que se ha dictado auto de fecha 22 de noviembre de 2013, en el que se ha acordado:
1. Debo declarar y declaro la conclusión del concurso voluntario de "Triple Torsión, S.L.", con CIF B-19186949 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 870/09 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
2. Declaro el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes.
3. Declaro el cese de la Administración concursal, integrada por don Santiago Manuel Oliveros Lapuerta.
4. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal designada en el presente concurso
5. Conforme a lo previsto en el artículo 178.2 de la Ley Concursal, en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Conforme a lo previsto en el artículo 178.3 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción del deudor "Triple Torsión, S.L.", así como el cierre de la hoja de inscripción en todos aquellos Registros en los que conste. Librándose los mandamientos que correspondan al efecto.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido el presente.
Madrid, 22 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.
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