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Documento BOE-B-2013-6354

Anuncio de la Notaría de doña Lucila Rojo del Corral sobre subasta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2013, páginas 8314 a 8315 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-6354

TEXTO

Yo, Lucila Rojo del Corral, Notario del Ilustre Colegio de Las Islas Canarias, con residencia en Granadilla de Abona y oficina abierta en San Isidro, calle Castro, número 2, 3ª planta, local número 1,

Hace saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, de las siguientes fincas:

1. Rústica: Terreno a cereales y erial donde dicen Castro en San Isidro dentro del término municipal de Granadilla. Es parte de la parcela 179 del polígono 14 del Catastro de Rústica. Tiene una superficie de dos hectáreas, cincuenta y siete áreas, ochenta y tres centiáreas, y linda: Norte, Antonio Herrera Santos y Juan Ramos Expósito; Sur, Miguel Arocha Hernández y Juan Ramos Expósito; Este, Agustín Martín Hernández y Camino de San Isidro a Las Palomas y Juan Ramos Expósito; y Oeste, herederos de Casiano García Feo.

Inscripción: Tomo 1104, Folio 122, Libro 158 de Granadilla de Abona, Finca número 14.972.

2. Rústica: Terreno a cereal y erial, en el sitio que llaman "Andoriñas", en el término municipal de Granadilla de Abona, de una hectárea cuarenta y cinco áreas y trece centiáreas. Linda: Norte, Erasmo Delgado; Sur, José Martín Rancel; Este, Félix Donate González; y Oeste, camino. Es la parcela 9 del polígono 2.

Inscripción: Tomo 1823, Folio 146, Libro 448 de Granadilla de Abona, Finca número 9.868.

Y, 3. Rústica: Terreno a cereales y erial, en el sitio que llaman "Andoriñas", en el término municipal de Granadilla de Abona, de una hectárea veintiocho áreas y setenta y dos centiáreas. Linda: Norte, herederos de Jorge Delgado Quintero; Sur, Camino del Guanche al Charco de La Pared; Este, herederos de Jorge Delgado Quintero; y Oeste, pista que separa de Ramón Navarro.

Inscripción: Tomo 1333, Folio 78, Libro 184 de Granadilla de Abona, Finca número 6.215.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1.- Se señala la primera subasta para el día 2 de abril del año 2013, a las doce horas; la segunda, en su caso, para el día 30 de abril del año 2013, a las doce horas; y la tercera, en el suyo, para el día 29 de mayo del año 2013, a las doce horas; y en el caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 7 de junio del año 2013, a las doce horas.

2.- Todas las subastas se celebrarán en mi oficina sito en calle Castro, número 2, 3ª planta, local número 1, San Isidro, Granadilla de Abona, Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

3.- El tipo para la primera subasta es para la finca antes descrita con el número 1, de doscientos setenta mil doscientos seis euros y sesenta y nueve céntimos (€ 270.206,69) la registral número 14.972; para la descrita con el número 2, en la cantidad de ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos euros y setenta y un céntimos (€ 194.432,71) la registral numero 9.868; y, para la descrita con el número 3, en la cantidad de ciento setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho euros y un céntimo (€ 172.448,01) la registral numero 6.215. Para la segunda, el setenta y cinco por ciento de las cantidades indicadas; y, la tercera se hará sin sujeción a tipo. No obstante no se admitirán posturas inferiores al 50% del Valor de Tasación.

4.- La documentación y las certificaciones registrales pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la licitación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

5.- Los postores deberán consignar previamente en mi oficina sito en Plaza de la Cultura, s/n, tercera planta, local 3, San Isidro, C.P. 38.611, término municipal de Granadilla de Abona, Provincia de Santa Cruz de Tenerife, el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.

6.- Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Granadilla de Abona, 14 de febrero de 2013.- Notario, Lucila Rojo del Corral.

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