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Documento BOE-B-2013-8957

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2013, páginas 11921 a 11921 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-8957

TEXTO

Edicto

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000036/2009, seguido en virtud de la declaración de concurso de Benhavis Golf, S.L. y CIF B38791265, en el día de la fecha se ha dictado Auto, cuya Parte Dispositiva es como sigue:

Poner fin a la Fase de Convenio y la Apertura de la Fase de Liquidación en esta misma Sección. Se suspende la Junta de Acreedores señalada.

Se declara la disolución de la entidad concursada, con los efectos establecidos en el art. 145 LC. Líbrese oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife para hacer constar tales extremos en la hoja abierta a dicha entidad.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de notificación y citación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo el presente.

Santa Cruz de Tenerife, 21 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

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