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Documento BOE-B-2013-9153

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2013, páginas 12199 a 12199 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-9153

TEXTO

D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000386/2012, y NIG n.º 13034 41 1 2012/0006082, se ha dictado en fecha 4 de marzo de 2013 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Viajes La Posada, S.L., con CIF B13427166, cuyo domicilio social esta ubicado en Tomelloso, calle Reverendo Eliseo Ramírez, n.º 3, y domicilio de atención al publico en calle Palma, n.º 20, bajo, local-esquina del mismo municipio.

2º.- Que el deudor, junto a la solicitud inicial de declaración de concurso voluntario, ha solicitado su liquidación, aperturándose dicha fase de liquidación del concurso y acordándose que por la administración concursal se siga el tramite establecido en el articulo 148 de la LC.

3º.- Que, como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal designada a tales efectos.

4º.- Se ha designado, como Administrador Concursal al letrado, D. Martín Baquero Rodríguez, colegiado de Albacete con n.º 1.259, con domicilio en calle Clavileño, n.º 9, de Albacete, y dirección de correo electrónico: baqueroabogados@hotmail.es, domicilios que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

5º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar, conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

6º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

7º.- A su vez estos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).

Ciudad Real, 4 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

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