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Documento BOE-B-2014-23858

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 3 de julio de 2014, páginas 31961 a 31962 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23858

TEXTO

Edicto.

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000531/2012 habiéndose dictado en fechas 06/03/14 y 03/06/14 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia autos firmes de conclusión de concurso Voluntario Abreviado, y rectificatorio del mismo, cuyas partes dispositivas son de los siguientes tenores:

"... Acuerdo:

1.- Se declara la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000531/2012, promovido por la Procurador Sr/a Fernández Reina, Juan Francisco, en nombre y representación de la mercantil Chapas Y Maderas Hermanos Cuenca, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Alejandro Terrasa Mellado, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Chapas y Maderas Hermanos Cuenca, S.L., con C.I.F., procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 1 de julio de 2012, presentado con escrito por el Administrador Concursal con fecha de entrada en este Juzgado 2 de julio de 2012.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de los solicitantes del concurso Fernández Reina, Juan Francisco a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)...".

Y "... Se Rectifica auto n.º 67/14 de fecha 06/03/14, en el sentido de que donde se dice "... Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Chapas y Maderas Hermanos Cuenca, S.L., con C.I.F., procediendo en su caso...", debe decir "... Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Chapas y Maderas Hermanos Cuenca, S.L., con C.I.F. n.º B96749221, procediendo en su caso..." ...".

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno,sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio (Art. 214.4 LEC).

Valencia, 3 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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