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Documento BOE-B-2014-3542

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón sobre Resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Autovía A-68. Tramo: Gallur-Mallén". "Autovía A-68. Tramo: Gallur-Mallén. Clave: T2-Z-4340". Provincia de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2014, páginas 4466 a 4468 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2014-3542

TEXTO

Con fecha 11 de diciembre de 2013, la Dirección General de Carreteras propone la aprobación del Expediente de Información Pública y definitiva del Proyecto de Trazado "Autovía A-68. Tramo: Gallur-Mallén".

En su virtud, Resuelvo:

1. Aprobar el expediente de Información Pública del Proyecto de Trazado "Autovía A-68. Tramo: Gallur-Mallén", que cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras

2. Aprobar definitivamente el proyecto de Trazado "Autovía A-68. Tramo: Gallur-Mallén", por su presupuesto de licitación estimado de 63.697.737,66 euros, que no incluye la cantidad de 13.376.524,51 euros en concepto de I.V.A. (21%), con las siguientes prescripciones a cumplimentar durante la redacción del Proyecto de Construcción:

2.1. Se dispondrá una nueva glorieta en la vía de servicio de la margen derecha a la altura del p.k. 2+600 de la autovía

2.2. Se realizará una reordenación de accesos desde las vías de servicio a las instalaciones de servicio existentes en el P.K. 286+320 de la carretera, disponiendo una glorieta en la vía de servicio de la margen derecha a la altura del p.k. 3+200 de la autovía, y otras dos glorietas situadas en la vía de servicio de la margen izquierda a la altura del p.k. 3+250 y del p.k.3+500 de la autovía.

2.3. Se realizará un nuevo diseño de los accesos al hostal-restaurante La Cadena desde la vía de servicio de la margen derecha, mejorando el trazado final de la citada vía que se desplazará hacia el este e implantando una glorieta a la altura del p.k. 14+000 de la autovía.

2.4. Se dispondrá un nuevo acceso a parcela desde la vía de servicio de la margen derecha a la altura del p.k. 4+350 de la autovía.

2.5. Se dispondrá un nuevo acceso a parcela desde la vía de servicio de la margen derecha a la altura del p.k. 4+900 de la autovía.

2.6. Se dispondrá un nuevo acceso a parcela desde la vía de servicio de la margen izquierda a la altura del p.k. 11+000 de la autovía.

2.7. Se dispondrá de un nuevo acceso a Hormigones Tramullas desde la vía de servicio de la margen derecha. Así mismo se dispondrá un nuevo camino de acceso a su instalación de bombeo.

2.8. Se dispondrá de un nuevo camino agrícola antes del inicio del ramal de salida hacia Navarra del semienlace de Cortes.

2.9. En relación con las vías pecuarias:

Se prolongará la reposición de la Colada de Valpodrida hasta conectarla con el camino agrícola, rodeando la glorieta sur del enlace de Gallur.

Se mantendrá la continuidad de la Cañada Real Navarra en la zona este del Enlace 2.

Se proyectará en el p.k. 11+780 un paso bajo la Autovía para la Vereda de La Loba

La estructura del p.k. 3+535 se diseñará para uso compartido del ganado (Vereda de la Marga) y los vehículos.

Se intentará preservar la integridad superficial de las vías pecuarias afectadas.

1.1. Se proyectará la extensión de una capa de aglomerado en los entronques con la carretera provincial CP-2 en unos 50m de longitud a cada lado de las glorietas, así como en la glorieta no afectada y en el paso inferior existente. Se dispondrá asimismo la señalización adecuada conforme a la nueva reordenación de entradas y salidas, y junto con los carteles de dirección necesarios.

1.2. Se estimará la solicitud de la empresa Aragonesa de Áridos, S.L. relativa a la existencia de un derecho minero consistente en la autorización del aprovechamiento para recursos de la sección A denominada "Gallur" Nº 180 a favor de dicha empresa, en la parcela objeto de la alegación.

1.3. Se estimará la solicitud efectuada por D. Jaime Soriano Ibarra relativa a la adecuación de la anchura de la parte final del camino (inicio eje 119) de acceso a la parcela objeto de la alegación y la conexión con la vía pavimentada existente (antigua N-232).

1.4. Se revisarán y subsanarán los errores del Anejo de Expropiaciones relativos al cambio de calificación y aprovechamiento de las parcelas objeto de alegación, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento del levantamiento de actas previas.

1.5. Se revisarán y subsanarán los errores del Anejo de Expropiaciones relativos a las superficies objeto de expropiación, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento del levantamiento de actas previas.

1.6. Se considerarán las alegaciones efectuadas relativas a la titularidad de las fincas afectadas, si sean demostrado fehacientemente las titularidades y éstas están inscritas en los registros oficiales, incluido el catastro, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento del levantamiento de actas previas.

1.7. Se valorarán en el Proyecto, de la forma más aproximada posible, el coste estimado de las expropiaciones, incluyendo las edificaciones e instalaciones que pueden ser afectadas.

1.8. Se tendrán en cuenta los informes emitidos por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

1.9. Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios afectados, de acuerdo con lo estipulado en la Circular, sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo 1994

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

La presente resolución pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la Ministra del Departamento, en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto

Madrid, 11 de diciembre de 2013, El Director General de Carreteras, Fdo.: Jorge Urrecho Corrales.

Madrid, 16 de diciembre de 2013, El Secretario de Estado de Infraestructuras Transporte y Vivienda, Fdo.: Rafael Catalá Polo.

Madrid, 16 de diciembre de 2013, La Ministra de Fomento, Ana M.ª Pastor Julián.

Zaragoza, 16 de enero de 2014.- El Jefe de la Demarcación.

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