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Documento BOE-B-2014-7905

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2014, páginas 10189 a 10189 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-7905

TEXTO

Doña Natalia Ramos Laín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 73/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad " Reyco Montajes y Servicios, S.L". y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.-Concurso Voluntario 79/2014 Sección C1.

NIG del procedimiento.-08019-47-1-2013-8005887.

Entidad concursada.-Reyco Montajes y Servicios, S.L., con CIF n.º B61961959.

Tipo de concurso.-Voluntario.

Fecha del auto de declaración.-4 de febrero de 2014.

Administrador/es concursal/es.-Antonio Bueso Serra, con domicilio profesional en calle Tuset, 27, 4.º1.ª, 08006 Barcelona; n.º de teléfono 933623868, con dirección electrónica tonibueso@a-bueso.es.

Facultades del concursado.-Intervenidas.

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 14 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.

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