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Documento BOE-B-2015-17776

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 2015, páginas 24728 a 24728 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-17776

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado n.° 14/2015, habiéndose dictado en fecha 25 de febrero de 2015 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Transportes Climent Escobar, S.L., con domicilio en avenida Cardenal Benlloch, n.º 15-9.º-18.ª, Valencia y CIF: B97678981, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al Tomo 8332, libro 5623, folio 194, hoja V109761.- D. Miguel Angel Climent Navarro con domicilio en Calle Camí dels Carasols 55, Ribarroja Del Turia (Valencia) y Nif:20161005X, inscrito en el Registro Civil de Valencia, al Tomo 60 N2N, página 535 de la Sección 1ª.- Dª Mercedes Escobar Juarez, con domicilio en Calle Cardenal Benlloch 15-9-18, Valencia, NIF 00799361L, inscrito en el Registro Civil de Madrid, al Tomo 552/51, pagína 577 de la Sección 1ª.Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Se ha nombrado administrador concursal a D. Vicente Puchol Aliaga con domicilio en la C/ Jesús 57, 1º. Pta 1ª de 46007 y correo electrónico puchol@terra.com. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletin Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 25 de febrero de 2015.- El Secretario judicial.

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