Edicto
Doña María Dolores Sánchez Franco; Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:
En los autos de referencia (388/12) se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es siguiente tenor literal:
PARTE DISPOSITIVA
I.- Debo acordar y acuerdo la conclusión del Concurso Voluntario de doña Yolanda Contreras de Lucas y don Benjamín Serrano, consignado bajo el n.º 388/12, por inexistencia de bienes y derechos en la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.
Presentada por la administración concursal rendición de cuentas, la misma será objeto de la oportuna resolución en la pieza separada correspondiente.
Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniéndose de que contra él mismo no cabe recurso alguno.
Dese cumplimiento al art. 177.3 L.C.; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo, o por los medios a que se refiere el primer párrafo del art. 23.1 de esta Ley, y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el art. 24.
Así lo declaro, mando y firmo en el día de la fecha.
Madrid, 23 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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