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Documento BOE-B-2015-9872

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2015, páginas 13552 a 13552 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-9872

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1.º Que en el concurso ordinario número 0000096/2015, NIG 3120147120150000100, por auto de 2 de marzo de 2015 se ha declarado en concurso de materia derecho mercantil al deudor Ripagaina Promoción y Desarrollo Urbano, S.L., con CIF n.º B31909971 y domicilio en avenida Sancho El Fuerte/Antso Azkarraren Etorbidea, 18, bajo, de Pamplona y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la citada localidad

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por "Álvarez Huarte Abogados, S.L.P.", con domicilio postal en Parque Tomas Caballero, n.º 2, planta 4.ª, oficina 2, 31007 Pamplona y dirección electrónica: concursoripagaina@gmail.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (articulo 184.3 LC).

5.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.

Pamplona/Iruña, 6 de marzo de 2015.- El/La Secretario/a judicial.

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