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Documento BOE-B-2017-399

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 2017, páginas 462 a 462 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-399

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el concurso abreviado 475/2016, por auto de fecha de 4-11-2016, se procede a la rectificación del auto de declaración de concurso de fecha de 29-09-2016, en el sentido que donde dice:

EFECTOS SOBRE LAS FACULTADES DEL CONCURSADO. Estese a lo previsto en el apartado relativo a la apertura de liquidación. El presente auto producirá sus efectos de inmediato, y abrirá la fase común de tramitación del concurso, que comprenderá las actuaciones y efectos previstos en los cuatro primeros títulos de la Ley Concursal, y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución".

Debe decir:

EFECTOS SOBRE LAS FACULTADES DEL CONCURSADO. Por tratarse de un concurso voluntario, el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad.

El presente auto producirá sus efectos de inmediato, y abrirá la fase común de tramitación del concurso, que comprenderá las actuaciones y efectos previstos en los cuatro primeros títulos de la Ley Concursal, y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución."

Dese a esta rectificación la misma publicidad que al auto de declaración de concurso rectificado, computándose el plazo de comunicación de créditos desde la nueva publicación en el BOE, concediéndose además al Administrador Concursal una prórroga del plazo para elaborar su informe de quince días a computar a partir de que transcurra un mes desde la nueva publicación en el BOE.

Madrid, 4 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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