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Documento BOE-B-2017-53718

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2017, páginas 66351 a 66351 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-53718

TEXTO

Edicto.

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 001393/2015m habiéndose dictado en fecha 12/06/2017 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1. Se declara la conclusión del concurso voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 001393/2015, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Borrás Boldova, Cristina, en nombre y representación de la mercantil Isidro Calvete, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D.ª Angela Cosin Vila, con DNI 44.507.428-J, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Isidro Calvete, S.L., con CIF B-97101778, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 19/04/2017.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Valencia, 12 de junio de 2017.- El Letrado Admón. Justicia.

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