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Documento BOE-B-2017-561

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2017, páginas 679 a 679 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-561

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 491/2015, seguido a instancias del Procurador don BRAULIO REYES RODRÍGUEZ, en nombre y representación de doña CARMEN DELIA GUILLÉN CABALLERO, frente a la mercantil DESATASCOS GUILLÉN, S.L., se ha dictado Auto el día 20 de septiembre de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de DESATASCOS GUILLÉN S.L con CIF n.º B35442698, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

No habiendo aceptado el cargo el Administrador concursal designado en el Auto de declaración de concurso, por Auto de fecha 30 de noviembre de 2016 se designa como Administrador del concurso a don Carlos Mauricio Bravo de Laguna Navarro, abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Calle Viera y Clavijo, N.º 5, 4.ª planta, CP. 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, Teléfono 928361766, FAX 928361923 y correo electrónico carlos@mbrabogados.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de diciembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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