En sesión celebrada con fecha 20 de diciembre de 2016, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Avilés, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, apartado n), del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, acordó el otorgamiento de una concesión administrativa para la ocupación parcial de la primera planta del edificio de la antigua rula de Avilés, con destino a oficinas, a favor de la entidad "Cofradía de Pescadores Virgen de las Mareas de Avilés".
Entre las condiciones más importantes de la concesión destacan las siguientes:
Titular: "Cofradía de Pescadores Virgen de las Mareas de Avilés".
Objeto: Ocupación parcial de la primera planta del edificio de la antigua rula de Avilés, con destino a oficinas.
Superficie: 287 m², aproximadamente.
Plazo: cuatro (4) años, con efectos desde el día 1 de enero de 2017.
Tasas aplicables, consideradas para el año 2017:
Tasa por ocupación: tendrá un valor 6.714,66 €/año.
Tasa de actividad: Exenta.
Lo que se hace público para el general conocimiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Avilés, 22 de diciembre de 2016.- El Presidente, Santiago Rodríguez Vega.
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