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Documento BOE-B-2017-75937

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2017, páginas 93943 a 93943 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-75937

TEXTO

EDICTO

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se Hace Saber que en el procedimiento concursal 306/2017, seguido a instancias de la Procuradora Dña. MARÍA DEL CARMEN MARRERO GARCÍA, en nombre y representación de RAMPER INTERPRISE, S.L., se ha dictado Auto el día 13 de diciembre de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de RAMPER INTERPRISE, S.L. con CIF n.º B35258417, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designa como Administrador del concurso a Don MANUEL WOOD VALDIVIELSO, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avda. de Canarias, n.º 8, planta baja, Edificio Tucán, CP. 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, Teléfono 928918590, Fax 928391669, así como dirección electrónica concursoramperinterprise@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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