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Documento BOE-B-2018-11545

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 26 de febrero de 2018, páginas 14555 a 14555 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-11545

TEXTO

EDICTO

Dª Carmen Gragera de Torres, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 43 de Madrid, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº929/2017 y NIG n.º 28.079.00.2-2017/0173566, se ha dictado en fecha 20 de noviembre de 2017 Auto de declaración de concurso consecutivo de los deudores Dña. GEMA RUDILLA ESPEJO y D. JOSÉ IGNACIO GARCÍA HERNÁN GÓMEZ, con DNI nº 51446994L y 50857334X, respectivamente, y vecinos de Madrid, con domicilio ambos en la calle de Oña, nº 13, 8º-3ª, 28050 Madrid (Madrid).

El mismo Auto ha aperturado la fase de liquidación.

2.ª Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, que ejercerá la administración concursal en los términos previstos en el Título III de la Ley Concursal. Se ha designado como Administración concursal a D. AFRODISIO CUEVAS GUERRERO, con domicilio postal en Madrid, Calle Princesa, nº 29, 3º izquierda, y dirección electrónica afrodisiocuevas@telefonica.net señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica.

El plano para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

5.º Que las resoluciones que traigan causa de concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el Boletín Oficial del Estado, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley Concursal y demás preceptos a que aquél se remiten, se publicarán en la Sección 1ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (artículo 23.1 Ley Concursal y artículo RD 892/2013).

Madrid, 28 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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