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Documento BOE-B-2018-48930

VÉLEZ-MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2018, páginas 61872 a 61873 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-48930

TEXTO

D.ª María Lourdes Rodríguez Pérez, Letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instruccion n.º 4 de Velez-Malaga,

Hago saber. Que en este Juzgado y con el n.° 206/2018 se sigue a instancia de doña Isabel Romero Padilla expediente para la declaración de ausencia de D. Antonio Romero Cabello, quien se ausentó de su último domicilio sito en calle Real, 14, de Comares, Málaga, no teniéndose noticias de él desde el 04/03/12, ignorándose su paradero, habiendo recaído resolución de esta fecha por la que se ha acordado publicar la resolución de admisión del procedimiento y dar a conocer la existencia del mismo anunciando la desaparición para que las las personas que pudieran tener noticias del ausente lo participen al Juzgado, y para que pueda intervenir en la comparecencia cualquiera que pudiera tener interés en la declaración de ausencia.

Decreto

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: María Lourdes Pérez Rodríguez.

En Velez-Malaga, a tres de septiembre de dos mil dieciocho.

Antecedentes de hecho.

Único.- Dada cuenta, por D.ª Isabel Romero Padilla, en su propio nombre y en el de sus hermanos D. José, Antonio Manuel, Francisco, María Encarnación y Carlos Romero Padilla, se presentó en el Juzgado decano de Vélez-Málaga, expediente de jurisdicción voluntaria para la declaración de ausencia legal de D. Antonio Romero Cabello, que fue turnado a este Juzgado.

Fundamentos de derecho.

Único.- Se aplicarán las normas del Capítulo IX de la Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria a las actuaciones judiciales prevista en el Título VIII del Libro I del Código Civil relativas a la desaparición y a las declaraciones de ausencia y fallecimiento de una persona.

Parte dispositiva.

Se tiene por solicitada la declaración de ausencia legal del desaparecido D. Antonio Romero Cabello y se admite la petición formulada con la intervención del Ministerio Fiscal a quien se dará cuenta de este proveído y se le entregarán las copias del escrito inicial y documentos al mismo acompañados. Procédase a citar para la comparecencia que tendrá lugar en este Juzgado el próximo día 11 de diciembre del 2018, a las 11 horas, en la Secretaría del Juzgado, al solicitante, al Ministerio Fiscal, y a los parientes indicados en la solicitud. Para dar a conocer la existencia del procedimiento y para que las personas que pudieran tener noticias del ausente lo participen al Juzgado, así como para que intervenga en la comparecencia cualquiera que pudiera tener interés en la declaración de ausencia, publíquese por edictos la presente resolución, por dos veces con intervalo mínimo de 8 días en el tablón electrónico de edictos de la sede judicial electrónica de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en el Ayuntamiento de Comares, librándose los oportunos despachos, los que se entregarán al solicitante, con los insertos necesarios, para cuidar de su cumplimiento. Para la adquisición del convencimiento de la procedencia o improcedencia de la declaración que se insta, se acuerda como actuaciones de averiguación e investigación, al objeto de tener conocimiento de la situación familiar, el patrimonio del ausente y el paradero del mismo la práctica de las siguientes medidas: consulta domiciliaria y patrimonial, oficio a la Guardia Civil para que comunique el resultado de las averiguaciones efectuadas como consecuencia de la denuncia, oficio a la Guardia Civil para la localización de los vehículos matrícula M832593, GC9912BH, que aparecen en la averiguación patrimonial.

Ofíciese a la policía local de Comares al objeto de que efectúen las gestiones oportunas para la localización del ausente.

Modelo de impugnacion: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Repocición, ante el Secretario Judicial que la dicta. No obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.

El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco dias hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrentey deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el Deposito para recurrir de Veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones 2281 0000 00 0206 18 del Juzgado de primera instancia e instrucion n.º 4 de Velez-Malaga, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRAMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes Ley de Enjuiciamiento Civil y la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Organica del Poder Judicial.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El Letrado de la Administración de Justicia.

Vélez-Málaga, 3 de septiembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, María Lourdes Rodríguez Pérez.

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