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Documento BOE-B-2019-11625

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2019, páginas 14466 a 14466 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-11625

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 109/2019, con NIG 2906742120190005021 por auto de 5 de marzo de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CRAZY MUSIC PRODUCTIONS, S.L., con CIF n.º B93136505, con domicilio en Av. Puerto del Mar Bloque, 60, local n.º 5, CP 29680 de Estepona (Málaga), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad CRAZY MUSIC PRODUCTIONS, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4º.- Que la administración concursal la integra: D. JUAN MACÍAS DOMÍNGUEZ, letrado y auditor de cuentas, con D.N.I. n.º 74898825S, estado civil casado, con domicilio en Málaga, y dirección postal Puerta del Mar, n.º 20, planta 2.ª, CP 29005, Tlf: 952363669, y con dirección de correo electrónico idea@ideaasesores.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 13 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Jose María Casasola Díaz.

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