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Documento BOE-B-2019-11627

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2019, páginas 14468 a 14469 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-11627

TEXTO

Don Pablo David Sánchez González, Letrado de la Administración de Justicia en funciones de sustitución legal del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 107/2019, de la Siempre Verde Incoming Services, Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal, número B76649169, se ha dictado auto número 75/2019 de fecha 26 de Febrero de 2019 por Doña Elena Fraile Lafuente, Juez de refuerzo JAT cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador Doña Montserrat Paula Zubieta Padrón, en nombre y representación de Siempre Verde Incoming Services, Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal, número B76649169.

Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Don/Doña Siempre Verde Incoming Services, Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal, número B76649169 y domicilio en la carretera general de Guaza, número 83, Arona (Santa Cruz de Tenerife).

Tercero.- Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil, los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Cuarto.- Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal.

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Modo de impugnación.- Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 Ley de Enjuiciamiento Civil) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición Adicional 15.ª Ley Orgánica del Poder Judicial). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así lo dispone, manda y firma Doña Elena Fraile Lafuente, Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife."

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el registro público concursal, se pone en conocimiento, a todos sus efectos, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 27 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Pablo David Sánchez González.

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