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Documento BOE-B-2019-12816

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2019, páginas 15980 a 15980 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-12816

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 191/2019, con NIG 2906742120190009118 por auto de 14 de marzo de 2019 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor DISTRIBUCIONES MAYO 2011, S.L., con CIF número B93135440 y domicilio en c/ Bahía Blanca, Polígono Industrial El Viso 22, CP 29006 de Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad DISTRIBUCIONES MAYO 2011, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4º.- Que la Administración Concursal la integra don Jorge Manrique de Lara Jiménez, provisto de DNI 05421191E; español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil divorciado, domicilio y dirección postal paseo Cerrado de Calderón número 14, oficina 6, C.P. 29018 de Málaga. Teléfono: 951088999, profesión: abogado y economista, y con dirección de correo electrónico jorgemanrique@abalonabogados.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 20 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jose María Casasola Díaz.

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