Edicto
Doña Sagrario Díaz Cuevas, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Madrid,
Hace saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso Consecutivo número 1958/80 de Urbanizadora Lucentina, S.A., en los que se ha dictado Auto el día 5-3-19 cuya parte dispositiva es como a continuación se expresa:
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1.- Declarando el incumplimiento del Convenio de Acreedores aprobado por Auto de 31 de julio de 1981, procede la apertura de oficio del Concurso del deudor, con los efectos previstos en los artículos 142 y siguientes de la Ley Concursal.
2.- Durante la fase de liquidación queda en suspenso las facultades de administración y disposición del Concursado, sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal.
3.- De conformidad con el artículo 145.3, se declara la disolución de la concursada URBANIZADORA LUCENTINA, S.A., acordándose el cese de sus administradores y de la Comisión de Acreedores que quedan sustituidos por la Administración Concursal, quedando nombrado en tal concepto don Eugenio Iglesias de Juan, email: urbanizadoralucentina@centroprotecciondatos.net y teléfono: 91 3992650.
Madrid, 5 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Sagrario Díaz Cuevas.
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