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Documento BOE-B-2019-23678

Resolución de los Servicios Territoriales en les Terres de l'Ebre del Departamento de Empresa y Conocimiento por la que se otorga a la empresa Nedgia Catalunya, SA, la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de las instalaciones de gas natural (GN) correspondiente a la planta satélite de gas natural licuado (GNL) y a la red de distribución en MOP-0,4 bar, para el suministro en el término municipal de Horta de Sant Joan. Exp. I0617/001/15.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2019, páginas 29410 a 29414 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2019-23678

TEXTO

En fecha 12 de enero de 2015, la empresa Gas Natural Distribución SDG, SA, actualmente Nedgia Catalunya, SA por cambio de denominación social mediante escritura notarial del día 15 de diciembre de 2017, con domicilio social en la Plaza del Gas, 2 de Barcelona; solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública para la construcción de las instalaciones de la red de suministro de GN en MOP 0,4 bar en el término municipal de Horta de Sant Joan mediante una planta satélite de GNL, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio.

La empresa Nedgia Catalunya, SA, ha presentado el proyecto correspondiente en el que se definen las instalaciones necesarias para la realización de la conducción y el suministro de gas natural.

Término municipal afectado: Horta de Sant Joan (Terra Alta)

Características principales y descripción de las instalaciones:

La planta de GNL proyectada está formada por un depósito cilíndrico aéreo horizontal, marca LAPESA modelo CIH-20/14/20-EF, con capacidad nominal de almacenaje de 20 m³, un sistema de descarga desde camiones cisterna, dos evaporadores ambientales, marca LOAR modelo B8E con recalentador eléctrico auxiliar, un sistema de corte por baja temperatura, un módulo de regulación y medida de MOP-4 bar en MOP-0,4 bar y 500 m³(n)/h de caudal y un sistema de odorización del gas natural por adición de 15-20 ppm de THT. La ubicación de la planta de GNL estará en la finca situada en el polígono 25 parcela 142, del término municipal de Horta de Sant Joan.

Desde la planta de GNL, que se encuentra situada al lado de la báscula de pesaje municipal, saldrá la red de distribución en MOP-0,4 bar, en tubería de polietileno de diámetro nominal 160 mm, que irá en paralelo a la carretera T-334 y la cruzará a la altura del Parque de Bomberos Voluntarios de Horta de Sant Joan. Una vez cruzada la T-334, la red discurrirá por el camino que atraviesa tres parcelas rústicas hasta llegar al camino municipal polígono 26 parcela 9010. Por este camino municipal, la red de distribución llegará a la zona urbana, cruzando la avenida Ports de Horta de Sant Joan, y a partir de este punto, la red de gas natural en MOP-0,4 bar se extenderá por las calles del núcleo urbano de Horta de Sant Joan en cañerías de polietileno de diámetros nominales 110, 90 y 63 mm.

La longitud total de la red proyectada de MOP-0,4 bar es de 3.801 metros aproximadamente, siendo 786 metros de diámetro 160 mm, 756 metros de diámetro 110 mm, 717 metros de diámetro 90 mm y 1.542 metros de diámetro 63 mm. Se prevé también la instalación de 19 válvulas de diferentes diámetros.

El presupuesto total previsto para la ejecución de las instalaciones es de 412.629,36 euros.

Los datos principales del proyecto son los siguientes:

"Proyecto técnico para solicitar la declaración de utilidad pública, la autorización administrativa para la distribución de gas natural e instalación de planta satélite de GNL y la aprobación del proyecto ejecutivo para la construcción de la red de distribución de gas natural y planta satélite de GNL en el término municipal de Horta de Sant Joan" de fecha noviembre 2014, marzo 2015 (1ª adenda), noviembre 2015 (2ª adenda) y abril 2018 (3ª adenda) y autor el ingeniero técnico industrial, especialidad química, Màrius Lledó Salvador, con núm. de colegiado 17.168 del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Gerona (CETIG).

Estas solicitudes de autorización administrativa, de aprobación de proyecto de ejecución y de declaración de utilidad pública han sido sometidas a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC núm. 7299, de 1.2.2017; en el BOE núm 62, de 14.3.2017, en los diarios Diari de Tarragona de 6.2.2017 y en el Diari Més de 6.2.2017.

Paralelamente al trámite de información pública, desde los Servicios Territoriales en les Terres de l'Ebre se enviaron las correspondientes separatas del proyecto al Ayuntamiento de Horta de Sant Joan y al conjunto de organismos y empresas de servicio público afectados: Servicio Territorial de Movilidad en les Terres de l'Ebre, Servicio de suministro de agua municipal, Endesa Distribución Eléctrica, SLU y Telefónica, SA. En el mismo envío también se les requirió para que, en el plazo de veinte días, presentaran el informe que consideraran oportuno respecto a las posibles afectaciones a las instalaciones, obras, bienes y servicios de su competencia, así como si fuera necesario, sobre la imposición de condiciones técnicas a tener en cuenta en la ejecución de la obra.

Dentro de los plazos reglamentarios otorgados, el Ayuntamiento de Horta de Sant Joan informó favorablemente con respecto a las afectaciones sobre instalaciones, obras, bienes y servicios de su competencia. Nedgia Catalunya, SA en referencia a este informe, manifestó que las obras se llevarían a cabo de conformidad con la licencia municipal. Este Ayuntamiento también presenta la diligencia correspondiente a la publicación del Anuncio en el tablón de anuncios.

El Servicio Territorial de Movilidad en les Terres de l'Ebre del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, emitió informe favorable condicionado a la modificación del acceso a la planta de GNL, utilizando el acceso existente a la báscula municipal situado en el p.k. 1+230 de la T-334, y estableciendo unas condiciones específicas y administrativas. Nedgia Catalunya, SA, en referencia a este informe, manifiesta y aporta autorización emitida por el Servicio Territorial de Movilidad en la que ya se incluía esta modificación.

Endesa Distribución Eléctrica, SLU emitió informe favorable condicionado a que el promotor gestionara los servicios afectados antes de la ejecución de la obra, con el fin de no afectar instalaciones, obras, bienes y servicios de la competencia de Endesa. Nedgia Catalunya, SA aceptó los condicionantes establecidos por Endesa Distribución Eléctrica, SLU.

Telefónica, SA emitió informe favorable condicionado a que el promotor gestionara los servicios afectados antes de la ejecución de la obra, con el fin de no afectar instalaciones, obras, bienes y servicios de la competencia de Telefónica, SA. Nedgia Catalunya, SA aceptó los condicionantes establecidos por Telefónica, SA.

En fecha 27 de marzo de 2018, la empresa Nedgia Catalunya, SA aportó un escrito donde informaba de que disponía de los acuerdos con los propietarios de las fincas afectadas y que, por lo tanto, desistía de la solicitud de declaración de utilidad pública efectuada. Con el escrito presentado se adjuntaban los acuerdos firmados con los propietarios de las fincas afectadas.

De acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del servicio público de gases combustibles; el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias; la Ley 9/2014, de 31 de julio, de seguridad industrial; el Real decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y con las competencias atribuidas por el Decreto 282/2018, de 20 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Empresa y Conocimiento.

Resuelvo:

1. Otorgar a la empresa Nedgia Catalunya, SA, la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de las instalaciones de gas natural (GN) correspondientes a la planta satélite de gas natural licuado (GNL) y a la red de distribución en MOP-0,4 bar, para el suministro en el término municipal de Horta de Sant Joan, condicionadas al cumplimiento de utilizar el acceso existente en la báscula municipal situado en el p.k. 1+230 de la T-334, tal como se determina en el informe del Servicio Territorial de Movilidad.

2. Aceptar la petición de la empresa Nedgia Catalunya, SA de desistimiento de la solicitud de declaración de utilidad pública para la construcción de las instalaciones de la red de suministro de GN en MOP 0,4 bar en el término municipal de Horta de Sant Joan mediante una planta satélite de GNL.

Esta autorización administrativa se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre y el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, bajo las condiciones especiales siguientes:

-1 Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se harán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran al proyecto técnico de fecha noviembre 2014, marzo 2015 (1ª adenda), noviembre 2015 (2ª adenda) y abril 2018 (3ª adenda), firmado por el ingeniero técnico industrial especialidad química, señor Màrius Lledó Salvadó, colegiado núm. 17.168 del CETIG, presentado por la empresa solicitante, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente.

La construcción y el funcionamiento de estas instalaciones se someten a lo que establecen la Ley 9/2014, de 31 de julio, de seguridad industrial; el Reglamento de redes y conexiones de servicio de combustibles gaseosos, aprobado por la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por las órdenes de 26 de octubre de 1983 y 6 de julio de 1984, y sus ITC-MIG; el Decreto 120/1992, de 28 de abril, por el que se regulan las características que tienen que cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo, y la Orden de 5 de julio de 1993 que lo despliega, y otros reglamentos técnicos específicos que le sean aplicables y disposiciones de aplicación general.

-2 El peticionario tiene que solicitar la autorización administrativa correspondiente para hacer cualquier modificación del proyecto aprobado.

-3 El plazo para llevar a cabo las instalaciones y la puesta en funcionamiento es de doce meses, contados a partir de la fecha de otorgamiento de la presente autorización administrativa.

-4 Los Servicios Territoriales podrán realizar, durante las obras y cuando se hayan acabado, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones de esta Resolución. Con esta finalidad el peticionario comunicará a los Servicios Territoriales la fecha de inicio de las obras, la de realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante.

-5 Una Vez ejecutadas las obras, la empresa peticionaria solicitará a los Servicios Territoriales en les Terres de l'Ebre del Departamento de Empresa y Conocimiento el acta de puesta en servicio de las instalaciones, adjuntando el certificado de dirección y de finalización de obra firmada por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y a la normativa aplicable. En este certificado se adjuntarán los planos de la red de distribución, con indicación concreta de las separaciones de edificaciones y profundidades, así como las válvulas de corte de la red y las actas de pruebas y controles reglamentarios, de acuerdo con lo que dispone la Resolución de la Dirección General de Energía de 20 de agosto de 1992 (DOGC núm. 1656, de 14.10.1992).

-6 Los cruces especiales y otras afectaciones de bienes de dominio público se harán de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los organismos competentes afectados.

-7 El peticionario asegurará la vigilancia, el mantenimiento y la reparación correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en funcionamiento, con el fin de garantizar que en todo momento cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

-8 Se tiene que dar cumplimiento a lo que prevé el título 5 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con respecto a la imposición de servidumbres y limitaciones de dominio.

-9 Esta autorización quedará sin efecto por cualquiera de las causas señaladas al artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por el hecho de facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

-10 Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones, las licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial o de otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

La entidad peticionaria Nedgia Catalunya, SA, tiene que constituir, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC, una fianza por valor de 8.252,59 euros, el importe del 2% del presupuesto que figura en el proyecto técnico de las instalaciones presentado, con el fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el artículo 82 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Esta fianza se tiene que depositar en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Cataluña, a disposición de la directora de los Servicios Territoriales en les Terres de l'Ebre, en valores del Estado, aval bancario o en metálico, según lo que dispone el artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, o mediante contrato de seguro concertado con entidades de seguros de las sometidas a la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.

En el término de un mes desde la constitución de la fianza mencionada, Nedgia Catalunya, SA, tiene que acreditar documentalmente ante los Servicios Territoriales en les Terres de l'Ebre el depósito efectuado.

La fianza se devolverá cuando, una vez autorizadas y construidas las instalaciones en los plazos fijados en las autorizaciones que se otorguen para su montaje, los Servicios Territoriales formalicen el acta de puesta en servicio de las instalaciones.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera del Departamento de Empresa y Conocimiento, en el plazo de un mes a contar des del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Tortosa, 10 de mayo de 2019.- La Directora de los Servicios Territoriales en les Terres de l'Ebre, Mercè Miralles Guerrero.

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