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Documento BOE-B-2019-55971

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 26 de diciembre de 2019, páginas 72282 a 72283 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-55971

TEXTO

EDICTO

Don Gabriel Ribelles González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber:

Que por auto de fecha 17 de diciembre de 2019 en el procedimiento con número de autos 000665/2019 y N.I.G. 03065-66-1-2019-0000563, se ha declarado en Concurso Abreviado Necesario [CNA] al concursado Herencia Yacente de Emilio Martín de las Mulas Naranjo, cuyo último domicilio conocido fue avenida Los Europeos nº17, La Mata, Torrevieja, y provisto el finado de DNI 50679360X.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado Calero, Guillén, Climent Administradores Concursales, S.L.P., con CIF B98394992 y domicilio postal para notificaciones y para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal en Partida Peña las Águilas, P-3, nº 26, Elche. Dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito admconcursal@calero-guillen.com

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Requerimiento a la herencia concursada, en la persona de su legal representante:

a) Aporte toda la información documental del Art. 6 LC así como la documentación contable exigida en el precepto.

b) Identifique persona que actuará como enlace con la Administración concursal.

c) Deberá especificar los datos registrales de bienes muebles o inmuebles o cualquier otro derecho, los procedimientos judiciales o administrativos pendientes, contratos de arrendamiento, de servicio o de cualquier otro tipo, plantilla de trabajadores identificando estos, así como los representantes de los trabajadores.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 17 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Gabriel Ribelles González.

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