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Documento BOE-B-2020-39122

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace público la extinción anticipada de una concesión titularidad de Ecológica Ibérica y Mediterránea, S.A., (ECOIMSA) y el otorgamiento de una nueva concesión a favor de la misma sociedad, en el muelle de la Energía del puerto de Barcelona. Exp. 014/2019-SGSJC.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de noviembre de 2020, páginas 51962 a 51963 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-39122

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su sesión celebrada en fecha 30 de septiembre de 2020, de conformidad con la propuesta de la Dirección General y en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 30.5. n) y s) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, acordó (i) extinguir anticipadamente la concesión titularidad de Ecológica Ibérica y Mediterránea, S.A. (ECOIMSA) sita en el muelle de la Energía del puerto de Barcelona, otorgada en fecha 27 de mayo de 1991 y cuyo destino principal es el almacenamiento temporal y tratamiento de residuos procedentes de buques (todos los tipos de Marpol) y complementariamente el almacenamiento y tratamiento de residuos de origen industrial, la recogida y transferencia para envases y graneles y la venta o utilización de los subproductos obtenidos del tratamiento de residuos, tales como la generación de energía eléctrica o la obtención del calor resultante de los procesos de tratamiento, y (ii) aprobar el otorgamiento a la misma sociedad de una nueva concesión en la calle Port de Tarragona, s/n, en el muelle de la Energía del puerto de Barcelona, en las condiciones igualmente aprobadas y cuyas características son las siguientes:

Ámbito espacial: Formado por las superficies sitas en el muelle de la Energía que se indican a continuación:

- Una superficie de terreno de 24.204 m².

- Una superficie aérea (tuberías) de 193 m².

- Una superficie de terreno (foso ocupado por tuberías) de 452 m².

Objeto: Con carácter preferente, la recepción, almacenamiento temporal y tratamiento de residuos procedentes de buques (todos los tipos de Marpol), así como la producción de combustible de calidad marina y terrestre; pudiéndose asimismo desarrollar las siguientes actividades: la recepción, almacenamiento y valorización de otros residuos industriales asimilables, centro de recepción y trasferencia (CRT) de otros residuos no tratados en sus instalaciones y enviados a plantas de tratamiento externas, así como la venta o utilización de subproductos o productos obtenidos del tratamiento de residuos.

Plazo: Dieciséis años, prorrogable.

Tasas: (i) Tasa de ocupación por importe de 494.076,22 Euros/año. (ii) Tasa de actividad equivalente a la suma de los siguientes valores:

- Para los residuos Marpol I recogido en el puerto de Barcelona diferente del residuo de la carga: Un importe resultante de multiplicar la cantidad de 0,7500 euros, redondeado a dos decimales, por tonelada de residuo Marpol I recogido en el puerto de Barcelona tratado o recepcionado en la concesión.

- Para el resto de los residuos, que no sean Marpol I recogido en el puerto de Barcelona diferente del residuo de la carga, por tonelada de otros residuos, almacenados, tratados o manipulados en la concesión (se incluye en este supuesto, entre otros conceptos, la actividad derivada del Centro de Recepción y Transferencia, la entrada de reactivos y diluyentes que después se utilizarán en la instalación y la entrada a la instalación de residuos para la producción de combustible de calidad marina) la siguiente cuota en función del volumen operado:

a) Las primeras 100.000 toneladas, un importe resultante de multiplicar 1,7000 euros, redondeado a dos decimales, por tonelada almacenada, tratada o manipulada, con un máximo de 100.000 toneladas.

b) El volumen que supere las 100.000 toneladas, un importe resultante de multiplicar la cantidad de 0,7500 euros, redondeado a dos decimales, por tonelada almacenada, tratada o manipulada, que supere las 100.000 toneladas.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 85.7 de la citada norma.

Barcelona, 28 de octubre de 2020.- La Presidenta, Mercè Conesa Pagès.

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