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Documento BOE-B-2021-24972

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2021, páginas 32365 a 32365 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-24972

TEXTO

D. Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el núm. 157/2021 y NIG 45168 47 1 2021 0000158, referente al deudor Disbemor, S.L., se ha dictado en fecha 11 de mayo de 2021, Auto de declaración de concurso y conclusión del mismo por insuficiencia de masa activa, en el cual se ha acordado lo siguiente:

1.º-Declarar en situación de concurso voluntario a la mercantil Disbemor, S.L., con CIF B45849197, con domicilio social situado en Illescas (Toledo), Calle Pintor Alejandro Ferrant núm. 14, 45200, y acuerdo simultáneamente la conclusión del concurso declarado por insuficiencia de masa activa, la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que correspondan, con cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de Toledo, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de este auto una vez que sea firme.

2.º-Se tiene por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, a la Procuradora Sra. María del Carmen Navarro Ballester, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones.

3.º-Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, y demás Registros Públicos que procesan así como en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal.

4.º-Se acuerda el archivo de las actuaciones librándose testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

5.º-Notifíquese esta resolución a las partes personadas.

6.º-Quien ostente interés legítimo podrá interponer recurso de apelación contra el pronunciamiento del auto por el que se hubiese decretado la conclusión del concurso, conforme lo establecido en el artículo 471 del TRLC.

Toledo, 12 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Arturo García del Castillo.

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