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Documento BOE-B-2021-29805

Extracto de la Orden de 10 de junio del Ministerio de Cultura y Deporte, por la que se convocan las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital, correspondientes al año 2021

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2021, páginas 39125 a 39126 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2021-29805

TEXTO

BDNS(Identif.):569461

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/569461)

Primero: Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las pequeñas empresas y las microempresas, sean de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan residencia fiscal en España.

Se entiende por microempresa y por pequeña empresa las que con tal carácter se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 (DOUE núm. 124, de 20 de mayo de 2003).

2. Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las entidades sin ánimo de lucro.

3. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).

Segundo. Objeto.

1. Las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital tienen por objeto el apoyo a proyectos de videojuegos, tanto aquellos cuya distribución sea a través de los canales existentes (PC; consolas; móvil; TV o plataformas de "streaming") como los que se desarrollen para industrias emergentes (serious games; cloud gaming; weareables; industria 4.0;. ..), y a proyectos vinculados con otras formas de creación digital (narraciones transmedia y crossmedia; podcasts; realidad extendida, aumentada, mixta y virtual...). En todo caso, todos los proyectos deberán tener carácter y/o interés cultural.

Tercero. Bases reguladoras

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. Publicada en el B.O.E. núm. 275 de 13 de noviembre de 2010.

Cuarto. Cuantía.

El importe máximo imputable a la subvención será de 1.000.000 €. Las ayudas concedidas se sufragarán con los créditos de la aplicación 24.04.334C.773 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para 2021, previsto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE núm. 341, de 31 de diciembre de 2020).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE.

2. La Sede Electrónica estará disponible en la web del Ministerio de Cultura y Deporte a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y hasta las 14 horas del último día de presentación.

Madrid, 10 de junio de 2021.- El Ministro de Cultura y Deporte. P.D. (Apartado Quinto. e. Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre), la Directora General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, Adriana Moscoso del Prado Hernández.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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