Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-395

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2021, páginas 467 a 467 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-395

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento Concurso de Acreedores número 130/2019, relativo al deudor Promociones Mismaloya, Sociedad Limitada, con C.I.F B23572407, y con domicilio en Andújar (Jaén), lugar Cerrillo del Alcaide, s/n, se ha dictado auto de fecha 26 de febrero de 2020, en cuya parte dispositiva se acuerda la apertura de la fase de liquidación en los siguientes términos:

Se abre la fase de liquidación formándose las sección quinta que se encabezará con testimonio de este auto.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con los efectos establecidos en el Título III de la LC.

Se declara disuelta la sociedad concursada cesando en su funciones los administradores que serán sustituidos por la administración concursal.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijará en la Sede Judicial Electrónica del Portal Adriano, Registro Público Concursal y Boletín Oficial del Estado, ésta última publicación tendrá la modalidad de "pago en su día" al no poder determinarse en este momento procesal la insuficiencia de bienes y de la masa activa.

Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 8, RD 892/13, remítase a través de la aplicación electrónica al Registro Público Concursal para su inscripción en el mismo. No obstante, cuando no sea posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, las mismas serán entregadas al procurador del solicitante del concurso que de inmediato los remitirá al Registro Público Concursal.

En el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.

Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que detallará y cuantificará los créditos contra la masa devengados y pendientes de pago, con indicación de sus vencimientos. Este informe quedará de manifiesto en la oficina judicial.

Una vez finalizada la fase común se acordará sobre la apertura de la sección sexta de calificación.

Jaén, 9 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Martín Cano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid