BDNS(Identif.):593707
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/593707)
Primero. Entidades Beneficiarias.
Organizaciones sindicales constituidas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que hayan obtenido representación suficiente en los órganos de representación del personal, Delegados y Delegadas de Personal, Juntas de Personal y Comités de Empresa, en el conjunto de las Administraciones Públicas y de la Administración General del Estado, que las legitime para estar presentes en las Mesas Generales de Negociación a las que se refiere el artículo 1 de la Orden HAP/1808/2014, de 29 de septiembre.
Segundo. Objeto.
Coadyuvar a la financiación de los gastos anuales subvencionables, considerándose como tales aquellos que de manera indubitada respondan a la realización por parte de las organizaciones sindicales de actividades directamente relacionadas con el ejercicio de funciones que se deriven de su presencia en las Mesas de Negociación citadas en el apartado primero.
Tercero. Bases Reguladoras.
Orden HAP/1808/2014, de 29 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales presentes en las Mesas Generales de Negociación, publicada en el BOE núm. 242 de 6 de octubre de 2014.
Cuarto. Cuantía.
El importe total del crédito presupuestario para atender a la subvención es de 600.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del extracto de la presente convocatoria.
Madrid, 7 de noviembre de 2021.- La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez Milán.
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