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Documento BOE-B-2021-4614

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2021, páginas 6011 a 6011 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-4614

TEXTO

Alfredo Villaescusa García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1796/2020-B

NIG: 0801947120208018930

Fecha del auto de declaración. 20 de enero de 2021.

Clase de concurso. Consecutivo Abreviado.

Persona concursada. OSCAR GUILLEN RICO, con NIF nº 46543993C y con domicilio en calle Marques de Sant Morí n.º 122, 1º, 1ª de Badalona (Barcelona).

Administrador concursal. D. Cristian Valcarcel Bernal, Abogado.

Dirección postal: Calle Escoles Pies n.º 102 08017 Barcelona.

Dirección electrónica: guillenrico@dwf-rcd.law

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Traslado informe y plan de liquidación: a) Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días

b) Se tiene por presentado Plan de Liquidación, dando traslado a los acreedores por el plazo de diez (10) días para formular observaciones o propuestas de modificación.

Barcelona, 20 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Villaescusa García.

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