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Documento BOE-B-2021-9965

FERROL

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2021, páginas 12812 a 12813 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-9965

TEXTO

Edicto

Doña María del Mar Chas Ares, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Ferrol,

Hago saber:

Que en el expediente Declaración de fallecimiento 0000722/2020 tramitado en este Juzgado a instancia de José Francisco Aneiros Cachaza para declaración de fallecimiento de Francisco Cachaza Menéndez, con último domicilio en lugar de A Gándara, actualmente, calle Concepción Arenal, nº 172, Narón, se ha dictado Decreto de fecha 14/12/2020 cuya parte dispositiva literalmente es la siguiente:

Decreto

Señora Letrado de la Administración de Justicia: Doña María del Mar Chas Ares.

En Ferrol, a catorce de diciembre de dos mil veinte.

Parte Dispositiva

Acuerdo:

1.- Admitir la solicitud presentada por la Procuradora Ana Belén Seco Lamas en nombre y representación de Don José Francisco Aneiros Cachaza, sobre declaración de fallecimiento respecto de Don Francisco Cachaza Menéndez.

Tener a la referida Procuradora como comparecida y parte en la representación que acredita.

2.- Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 17 de marzo de 2021 a las 12:00 horas en la Secretaría de este Órgano judicial.

A la comparecencia, se cita a la parte solicitante, en la persona del Procurador Sra. Seco Lamas, así como, al Ministerio Fiscal.

Se advierte:

1ª) A la parte solicitante:

- si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1ª LJV).

2ª) A las demás personas citadas:

- si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1ª LJV).

- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (art.17 último párrafo LJV).

3ª) A todas las personas citadas:

- deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 17.3 LJV).

Advierto a las partes que si no están representadas por procurador, las comunicaciones efectuadas en cualquiera de los lugares que hayan designado como domicilios surtirán plenos efectos en cuanto se acredite la correcta remisión de lo que haya de comunicarse aunque no conste su recepción por la persona destinataria; salvo que la comunicación tenga por objeto la personación en juicio o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales (art. 155.4 LEC).

Y que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficina judicial (155.5 LEC).

A tal efecto, líbrese para su práctica los despachos oportunos.

3.- Publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que se entregará al Procurador de la parte solicitante quien se encargará de su diligenciamiento, y en el tablón del Ayuntamiento de Narón. En su caso, en el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier persona que pueda tener interés en la declaración de fallecimiento.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta. Debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452 LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de comunicación a las personas interesadas, conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, expido y firmo el presente edicto que será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad de Narón y en el BOE.

Este edicto ha de ser publicado dos veces, con un intervalo mínimo de ocho días.

Ferrol, 29 de enero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, María del Mar Chas Ares.

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