En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria. A lo largo del año 2022, se procederá a la exhumación de los cadáveres que se indican a continuación:
· Inhumados en nichos temporales por 10 años, del Cementerio Municipal de CARABANCHEL SUR, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio de 2010 y 16 de marzo de 2011.
· Inhumados en nichos de caridad y especiales, del Cementerio Municipal de CARABANCHEL SUR, durante el año 2011.
En consecuencia, se hace público que, las personas interesadas en la reclamación de los mencionados cadáveres, que no reciban notificación por escrito, deberán dirigirse a:
Oficina del Cementerio Sur, Calle Ildefonso González Valencia, 6, 28054 MADRID, donde podrán solicitar información sobre los trámites y la fecha en que serán exhumados los restos. El hecho de no personarse llevará aparejada la pérdida de todo derecho a posterior solicitud de servicios para la recuperación de los restos exhumados.
Se establece un plazo de 30 días, a partir de la fecha de vencimiento de la concesión, durante el cual podrán retirar cuantos ornamentos se encuentren en las unidades de enterramiento que habrán de exhumarse, justificando su titularidad. Transcurrido el plazo señalado, quedará caducado el derecho sobre los mismos.
Madrid, 22 de diciembre de 2021.- Gerente de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A., Fernando Sánchez González.
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