Ampliación de capital. Capital: 300.019,20 Euros. Resultante Suscrito: 312.039,20 Euros. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: 5. El capital social, se fija en 312.039,20 (trescientos doce mil treinta y nueve euros con veinte céntimos de euros), dividido en 5.192 (cinco mil ciento noventa y dos) participaciones de 60,10 Euros (sesenta con diez céntimo de euro) cada una, de valor nominal. Datos registrales. T 406 , F 12, S 8, H AL 11838, I/A 3 (21.09.20).
Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: Articulo 4. Objeto social.- (CNAE): 6832 y 6612.Transporte por autotaxis. Transporte de viajeros por carretera. Transporte de mercancías por carretera, tanto nacional como internacional. Agencias de transporte y transitorios, consignatarios de buques, otros servicios de. Ampliacion del objeto social. (CNAE): 6832 y 6612.Transporte por autotaxis. Transporte de viajeros por carretera. Transporte de mercancías por carretera, tanto nacional como internacional. Agencias de transporte y transitorios, consignatarios de buques, otros servicios de mediación del transporte. Alquiler de automóviles sin c. Datos registrales. T 1898 , F 87, S 8, H AL 48450, I/A 4 (24.09.20).
Ampliación de capital. Capital: 10.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 64.000,00 Euros. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: -ARTICULO CINCO.- El capital se fija en la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL EUROS (64.000,00 E), dividido en SESENTA Y CUATRO MIL PARTICIPACIONES SOCIALES, iguales, acumulables e indivisibles de UN EURO (1,00 E) de valor nominal cada una de ellas, numeradas del UNO (1). Datos registrales. T 1742 , F 3, S 8, H AL 45080, I/A 8 (24.09.20).
Ampliación de capital. Capital: 10.417,00 Euros. Resultante Suscrito: 63.564,00 Euros. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: "Artículo 5º.- El Capital social se fijo en la sumo de SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS (63.564 E), dividido en 63.564 participaciones sociales, numerados correlativamente del 1 a LA 63,564, ambas inclusive, de UN EURO (TE) de valor nominal cada una ." Artículo 6.. Prestación Accesoria aparejada atas Participaciones sociales. Prestación Accesoria:" de conformidad al art. 86 de la LSC, cada una de las participaciones sociales en que se divide el Capital social conllevará aparejada una prestación accesoria, que obligará a su titular bajo el "Articulo 7º, Régimen de Transmisibilidad. "La transmisión de Participaciones: La transmisión de los Participaciones sociales, de sus correspondientes derechos de asunción preferente, así como la transmisión de los derechos inherentes a las participaciones de la Sociedad por cualquier título, se : ""Artículo 8º. Limitaciones al Régimen de Transmisibilidad de las participaciones sociales. "A. Derecho de Acompañamiento -Tag Along-. Fuera de los supuestos anteriormente referenciados sobre la libre transmisión de participaciones, así como sin perjuicio del derecho de adquisición preferente que "Artículo 9º. - "De la Junto General. Régimen general, convocatoria y adopción de acuerdos: La voluntad de tos Socios, expresada por mayoría, regirá la vida de la Sociedad en atención a las presentes normas estatutarias y con arreglo a la Ley. La Junta General podrá ostentar el carácter de Artículo 10.. Del órgano de Administración. Régimen general y facultades: La administración y representación de la sociedad, en juicio o fuera de él, es competencia del órgano de administración. La gestión y representación de la Sociedad, se encomendará por la Junto General, a: Un Administrador : " "Artículo 12º. Normas Económicas,.- "A) Ejecicio económico. El ejercicio social comenzará el día 1 de enero de cada año, y terminará y se cerrará a tal efecto el dio 31 de diciembre del mismo año. B) Cuentos Anuales, El órgano de Administración está obligado a formular en el plazo máximo de "Artículo 14.. Separación y exclusión de Socios. La separación y exclusión de tos socios se regirá por las causas regulados en la Ley de Sociedades de Capital. . Otros conceptos: REFUNDIR LOS ESTATUTOS , El Artículo 11º, corresponderá al anterior Artículo 14º. El Artículo 13º, corresponderá al anterior Artículo 16º, El Artículo 15º se corresponderá con el anterior Artículo 17º; El Artículo 16º, se corresponderá con el anterior 18º y el artículo 17º, con el anterior 21º. Datos registrales. T 1945 , F 34, S 8, H AL 49597, I/A 7 (25.09.20).
Modificaciones estatutarias. ARTICULO 8º.- No resultará de aplicación el derecho de adquisición preferente otorgado a los socios y/o a la Sociedad en los siguientes casos: (i) En el caso de embargo de participaciones sociales de un socio cuando el referido embargo se promueva a instancias de un acreedor pignoraticio, o a ARTICULO 14..- En caso de prenda de participaciones sociales, los derechos económicos y políticos inherentes a las mismas pertenecen al socio. Sin embargo, dichos derechos corresponderán al acreedor pignoraticio desde el momento en que éste notifique en documento público a la Sociedad y al socio de. Datos registrales. T 748 , F 187, S 8, H AL 20374, I/A 15 (25.09.20).
Situación concursal. Procedimiento concursal 689/2017. FIRME: Si, Fecha de resolución 27/09/2018. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE ALMERIA. Juez: MARIA ANGELES BOSSINI RUIZ. Datos registrales. T 1448 , F 37, S 8, H AL 38406, I/A 12 (25.09.20).
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