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Documento BORME-C-2001-100273

TELSTAR, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad parcialmente escindida) TACRA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 12927 a 12927 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-100273

TEXTO

Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 245 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas de "Telstar, Sociedad Anónima", celebrada el día 25 de abril de 2001, y la Junta general y universal de socios de "Tacra, Sociedad Limitada", celebrada el día 25 de abril de 2001, acordaron, por unanimidad, la escisión y segregación de parte del patrimonio del "Telstar, Sociedad Anónima", que forma una rama de actividad, el cual es absorbido por la sociedad beneficiaria ya existente "Tacra, Sociedad Limitada", la cual adquirirá por sucesión universal la parte que le corresponda de los derechos y obligaciones de aquélla.

Los acuerdos de escisión han sido adoptados conforme al proyecto de escisión, redactado por los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la misma y constituido su depósito en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 17 de abril de 2001.

Las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas y socios de las sociedades participantes en la escisión aprobaron igualmente, por unanimidad, como Balances de escisión los cerrados a 30 de septiembre de 2000, estando el de "Telstar, Sociedad Anónima" debidamente verificado por los Auditores de la sociedad.

Para proceder a la absorción del patrimonio escindido que le corresponde, la Junta general de la sociedad beneficiaria preexistente, "Tacra, Sociedad Limitada", acordó por unanimidad ampliar su capital social en 512.292 euros, con una prima de emisión global de 3.279.555,64 euros.

Las participaciones procedentes de la ampliación de capital de la sociedad beneficiaria de la escisión, entregada a los accionistas de la sociedad que se escinde, tendrán derecho a participar de las ganancias sociales a partir del día en que se otorgue la escritura de escisión ante Notario, éste inclusive.

A partir de este mismo día, las operaciones que se realicen con el patrimonio que se escinde, se entenderán, a efectos contables, realizadas por la sociedad beneficiaria de la escisión.

Como consecuencia de la escisión parcial, se acordó proceder a reducir el capital en la suma de 30.460.000 pesetas mediante la amortización de 30.460 acciones nominativas ordinarias de la mercantil "Telstar, Sociedad Anónima", de 1.000 pesetas de valor nominal, cada una de ellas, en proporción al porcentaje de participación de cada uno de los socios en la sociedad.

Las sociedades que participan en la escisión no tienen ni tendrá acciones y/o participaciones especiales, ni derechos especiales distintos de las acciones y/o participaciones. Por otra parte, la sociedad beneficiaria de la escisión no otorgará ningún tipo de derecho especial a ningún socio, ni ningún tipo de ventaja a los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la escisión.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242, 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a. El derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas generales y el Balance de escisión de cada una de dichas sociedades, así como el informe de auditoria del Balance de situación cerrado a 30 de septiembre de 2000 de "Telstar, Sociedad Anónima".

b. El derecho de oposición a la escisión que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que intervienen en la escisión, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas generales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, se hace constar que la Junta general de la mercantil "Telstar, Sociedad Anónima" acordó cambiar el objeto social, como consecuencia de que ésta actuará en lo sucesivo como sociedad holding, estableciendo que consistirá en la adquisición y mantenimiento de participaciones en el capital o recursos propios de otras entidades, con la finalidad de establecer con ellas una vinculación duradera, dirigiendo y gestionando el conjunto de las actividades empresariales de las entidades participadas, así como la prestación de asesoramiento económico y financiero a terceros; y en prestar servicios de asistencia técnica y de asesoramiento (no reservados por la Ley a organismos, entidades y profesionales), tanto a sociedades españolas como extranjeras. Quedando expresamente excluidas las actividades que la legislación especial y básicamente la Ley de Mercado de Valores y la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva atribuye, con carácter exclusivo, a otras entidades, agencias, sociedades de valores, instituciones de inversión colectiva y entidades financieras.

Igualmente, se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 165 del texto refundido de la Ley sobre Sociedades Anónimas que la Junta general de "Telstar, Sociedad Anónima" acordó la reducción del capital social en la suma de 6.024.000 pesetas mediante la amortización de 6.024 acciones que la propia sociedad poseía en autocartera, dejando fijado éste en la suma de 63.516.000 pesetas, y simultáneamente acordó redenominar el capital social a euros y aumentar el capital social con cargo a reservas, quedando fijado éste en la suma de 444.612 euros.

Terrassa a 25 de abril de 2001.-El Consejero Delegado de "Telstar, Sociedad Anónima" y un Administrador solidario de "Tacra, Sociedad Limitada".-26.039. 1.a 28-5-2001.

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