(En liquidación) De conformidad con el artículo 276 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, las cuotas de liquidación no reclamadas en el término de noventa días siguientes a la publicación del presente aviso, serán consignadas en depósito en la Caja General de Depósitos a disposición de sus legítimos dueños.
Madrid, 21 de mayo de 2001.-El Liquidador.-25.592.
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