(En liquidación) De conformidad con el artículo 276 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, las cuotas de liquidación no reclamadas en el término de noventa días siguientes a la publicación del presente aviso, serán consignadas en depósito en la Caja General de Depósitos a disposición de sus legítimos dueños.
Madrid, 14 de diciembre de 2000.-El Liquidador.-1.169.
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