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Habiéndose acordado la ampliación de capital en la cifra de diez millones ciento cuarenta y siete mil pesetas, se ofrece a los socios la asunción preferente de las nuevas acciones, de igual valor nominal y derechos que las anteriores, en los términos siguientes: Relación del cambio: Derecho a 22 acciones nuevas por cada una antigua.
Plazo: Un mes desde esta publicación.
Aportación dineraria: 7.500 pesetas por acción.
Mediante la comunicación a la sociedad y desembolso en efectivo metálico, o por talón salvo buen fin. Asimismo, el ingreso o transferencia a las cuentas sociales servirá, por sí solo, para justificar el ejercicio del derecho.
Murcia, 7 de mayo de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración.-25.430.
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