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Documento BORME-C-2001-12010

BOMBARDO TEXTIL, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 12, páginas 1387 a 1387 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-12010

TEXTO

La Junta general extraordinaria y universal de accionistas, celebrada el día 15 de diciembre de 2000, tomó, por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos: 1.o Modificar el objeto social de la compañía, dando nueva redacción al artículo 2.o de los Estatutos sociales, dejándolo aprobado con la siguiente redacción: "Artículo 2.o El objeto de la sociedad lo constituye la comercialización de toda clase de productos relacionados con la telecomunicación, así como ostentar toda clase de representaciones nacionales y extranjeras relacionadas con dicho objeto social.

Dicha actividad podrá ser realizada por la sociedad, directa o indirectamente, mediante su participación en otras sociedades de objeto idéntico, similar o análogo." 2.o Trasladar el domicilio social de la compañía, estableciéndolo en la ciudad de Terrassa, calle Pantá, número 85.

3.o Reducir el capital social en la cantidad de 4.800.000 pesetas, mediante la amortización de 960 acciones, de 5.000 peseta de valor nominal, números 981 al 990 y 1.041 al 1.990, todo sellos inclusive, que la sociedad tenía en autocartera, por resultar aquél excesivo para la nueva actividad que constituye el objeto social de la compañía. Consecuencia de dicha reducción, el capital social de la sociedad quedó fijado en la cifra de 5.200.000 pesetas. Dicho acuerdo se ejecutará por la Administración de la sociedad en un plazo máximo de un año, a contar desde la adopción del acuerdo, y una vez cumplidos los requisitos establecidos por la Ley.

4.o Consecuencia del punto anterior, acordar la transformación de la entidad en sociedad de responsabilidad limitada.

5.o Modificar la denominación social de la compañía, la cual se denominará "Bombardo & Castello Telecomunicaciones, Sociedad Limitada".

En virtud de lo previsto en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa a los acreedores de la sociedad de su derecho a oponerse a la reducción de capital, en los términos previstos en dicho precepto legal.

Terrassa, 15 de diciembre de 2000.-El Administrador.-1.270.

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