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Documento BORME-C-2001-122083

LUBRICANTES GAMERO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 16158 a 16159 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-122083

TEXTO

Convocatoria de Junta general extraordinaria de accionistas Don José Gamero Rodríguez, Administrador solidario de Lubricantes Gamero, Sociedad Anónima, acuerda convocar a los accionistas de esta sociedad a la Junta general extraordinaria, que tendrá lugar en el domicilio social, en Mérida, carretera Madrid-Badajoz, kilómetro 345,2, el próximo 27 de julio, a las dieciséis horas, en primera convocatoria, y el 28 de julio, a las diecisiete horas, en segunda, con el siguiente Orden del día Primero.-Informe sobre la conveniencia de suscribir la futura ampliación de capital de "Gamero Extremadura, Sociedad Anónima" y "Twin Boxes Granada, Sociedad Limitada". Discusión y aprobación, si procede y para realizarla en su día.

Segundo.-Modificación del artículo 2 de los Estatutos sociales, relativo al objeto social, que se propone ampliar, dándole la siguiente redacción: Artículo 2. Constituye el objeto social de esta compañía: La contratación y adquisición de CAMPSA, o de otros proveedores, como mayoristas, de grasas, aceites lubricantes y materias propias de dicha empresa, para su comercialización, distribución y venta a los minoristas. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, bien de modo directo, o bien de modo indirecto mediante la participación en otras sociedades con objeto idéntico o análogo. Constituye también el objeto social de esta compañía la compraventa y alquiler de inmuebles, directamente o a través de sociedades participadas.

Tercero.-Modificación de los artículos 18, 19 y 20 de los Estatutos sociales, para los que se propone la siguiente redacción: Artículo 18. El órgano de administración y representación de la sociedad corresponderá al Consejo de Administración. No podrán ocupar ni ejercer cargos en esta sociedad las personas comprendidas en alguna de las prohibiciones, incapacidades o incompatibilidades establecidas por la Ley 25/1983, de 26 de diciembre, o por otras disposiciones legales vigentes, en la medida y en las condiciones fijadas en ellas.

Artículo 19. El Consejo de Administración estará compuesto por tres Consejeros como mínimo y siete como máximo, que serán designados por la Junta General. Para ser Consejero no será necesario ser accionista. La duración del cargo de Consejero será de cinco años. El Consejo designará en su seno un Presidente y un Secretario. El Consejo celebrará sesión cuando lo disponga el Presidente, quien deberá asimismo convocarla cuando se lo soliciten dos o mas miembros del Consejo.

Artículo 20. El Consejo de Administración quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes y representados, la mitad mas uno de sus componentes y si fuere número impar la mayoría de los Consejero. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los Consejeros concurrentes a la sesión. En caso de empate en las deliberaciones será dirimente el voto del presidente.

Las discusiones y acuerdos del Consejo se llevarán a un Libro de Actas, que serán firmadas por el Presidente y el Secretario. El Consejo podrá delegar permanentemente sus facultades aunque, naturalmente, sólo las que sean delegables, en uno o más Consejeros Delegados, que actuarán mancomunada o solidariamente según los términos de su nombramiento, haciéndolo constar en Escritura Pública, que deberá inscribirse en el Registro Mercantil.

Cuarto.-Cese de los actuales Administradores y nombramiento de los miembros del Consejo de Administración.

Quinto.-Revocación de los poderes de los Administradores salientes.

Sexto.-Informe del préstamo con garantía hipotecaria de la parcela de uso industrial del polígono "La Isla" y el Edificio de oficinas "La Campana" y ratificación del mismo, si procede, por la Junta.

Séptimo.-Informe sobre la venta de la parcela de uso industrial del polígono "La Isla". En su caso, aprobación o ratificación, si procede.

Octavo.-Autorización a uno de los Consejeros para la realización de los documentos y las comparecencias públicas necesarias para elevar a público estos acuerdos y su posterior inscripción en el Registro Mercantil.

Noveno.-Ruegos y preguntas.

Décimo.-Aprobación del acta de la Junta.

Se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social, o de solicitar y obtener de forma inmediata y gratuita, el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y los documentos que se someten a aprobación de la Junta. Estos documentos están custodiados por don José María Rodríguez Ramírez, quien los entregará a todos los señores accionistas que lo soliciten.

Mérida, 21 de junio de 2001.-José Gamero Rodríguez.-35.469.

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