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Documento BORME-C-2001-125092

NESTLÉ ESPAÑA, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) RECAYSA ALIMENTACIÓN, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 16513 a 16513 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-125092

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales y extraordinarias de accionistas de "Nestlé España, Sociedad Anónima" y "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", las dos celebradas el día 30 de junio de 2001, han aprobado la fusión de estas compañías mediante la absorción de "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima" por "Nestlé España, Sociedad Anónima", con entera transmisión asunción y subrogación de todos los bienes, derechos, obligaciones, acciones y contratos que integran el patrimonio social de la absorbida y, por tanto, incorporando en bloque todos sus activos y pasivos a la absorbente, con disolución sin liquidación de la absorbida, sin ampliar el capital social de la absorbente por ser propiedad de ésta la totalidad de las acciones de la absorbida.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados con sujeción al proyecto de fusión, aprobado por los respectivos Consejos de Administración de "Nestlé España, Sociedad Anónima" y "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", en fecha 25 de abril de 2001 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 22 de mayo de 2001.

Las Juntas generales de las dos compañías aprobaron igualmente los Balances de fusión, adoptándose como tales los correspondientes a sus ejercicios anuales cerrados a 31 de diciembre de 2000.

Las operaciones de "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima" se entenderán a efectos contables realizadas por "Nestlé España, Sociedad Anónima" a partir del 1 de enero de 2001.

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas y acreedores de ambas sociedades, tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de ambas sociedades podrán ejercitar su derecho de oposición a la fusión en los términos legalmente previstos, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Esplugues de Llobregat, 2 de julio de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de "Nestlé España, Sociedad Anónima" y de "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima".-36.590.

1.a 2-7-2001.

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