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Documento BORME-C-2001-128055

ROYAL & SUN ALLIANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA, COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS (Sociedad absorbente) ROYAL & SUN ALLIANCE VIDA Y PENSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA, COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS (Sociedad absorbida) REGAL INSURANCE CLUB, COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 16958 a 16958 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-128055

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de "Royal & Sun Alliance, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros", celebrada el 27 de junio de 2001, así como la Junta general extraordinaria de accionistas de "Royal & Sun Alliance Vida y Pensiones, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros", en su reunión celebrada el mismo día 27 de junio, y el accionista único de "Regal Insurance Club, Compañía Española de Seguros, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), con idéntica fecha que las anteriores, acordaron la operación de fusión por absorción de las tres compañías, en los términos que seguidamente se exponen: La fusión de "Royal & Sun Alliance, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros"; "Royal & Sun Alliance Vida y Pensiones, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros", y "Regal Insurance Club, Compañía Española de Seguros, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), mediante la absorción de estas dos últimas por la primera, con disolución sin liquidación de "Royal & Sun Alliance Vida y Pensiones, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros", y "Regal Insurance Club, Compañía Española de Seguros, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título de sucesión universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo, y de todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

La operación se ha acordado sobre la base de un único proyecto de fusión por absorción, suscrito conjuntamente por los Administradores de las tres sociedades con fecha 14 de marzo de 2001 y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Barcelona con fechas 22 y 27 de marzo de 2001, respectivamente, y utilizando como Balances de fusión los formulados por los respectivos Consejos de Administración el 14 de marzo de 2001, cerrados a 31 de diciembre de 2000, y que han sido aprobados por las Juntas generales y decisión de socio único arriba mencionadas y verificados por los Auditores de cuentas de las tres sociedades.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión por absorción.

Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la citada Ley, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la operación durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 72.1.c) del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, los señores accionistas no asistentes a la Junta disponen del plazo de un mes desde la publicación del último anuncio para comunicar a la Secretaría de la sociedad su voluntad de adherirse al presente acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 28 de junio de 2001.-El Secretario de los Consejos de Administración de "Royal & Sun Alliance, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros"; "Royal & Sun Alliance Vida y Pensiones, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros y Reaseguros", y "Regal Insurance Club, Compañía Española de Seguros, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal).-37.106.

2.a 5-7-2001.

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