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Documento BORME-C-2001-128063

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y REDES PARA LAS ENTIDADES ASEGURADORAS, SOCIEDAD ANÓNIMA (TIREA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 16959 a 16960 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-128063

TEXTO

Reducción, redenominación en euros y plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente en aumento del capital social En Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada en segunda convocatoria el 29 de junio de 2001, "Tecnologías de la Información y Redes para las Entidades Aseguradoras, Sociedad Anónima" (TIREA) ha decidido: Primero.-Reducir el capital social en 349.346.250 pesetas para compensar pérdidas acumuladas según Balance auditado a 31 de diciembre de 2000, mediante la disminución a 632,2668 pesetas de las 1.000 pesetas que constituían el valor nominal de cada una de las 950.000 acciones actualmente emitidas y en circulación.

Segundo.-Redenominar la cifra de capital social en 3.610.000 euros (600.653.460 pesetas).

Tercero.-Aumentar el capital social en 950.000 euros mediante emisión a la par de 250.000 nuevas acciones, con un valor nominal de 3,80 euros/acción, números 950.001 al 1.200.000.

El desembolso íntegro del valor nominal de las nuevas acciones habrá de realizarse en efectivo y en el momento de la suscripción.

Para el ejercicio del derecho de suscripción preferente se reconoce a los accionistas el plazo mínimo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

Transcurrido dicho plazo y en el supuesto de que, concluido el mismo, no hayan quedado íntegramente suscritas y desembolsadas las nuevas acciones, el Consejo de Administración de TIREA quedará ampliamente facultado para decidir alternativamente: 1. O bien ofrecer a los accionistas, en la proporción y plazo que libremente determine, la suscripción y desembolso de las acciones no suscritas y desembolsadas. 2. O bien dar por cerrada la ampliación en el importe que haya sido suscrito y desembolsado. Transcurrido, en su caso, ese nuevo plazo, el Consejo de Administración procederá a dar por cerrada la ampliación en la cifra que haya resultado efectivamente suscrita y desembolsada.

Madrid, 2 de julio de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración.-37.288.

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