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Documento BORME-C-2001-131059

JIPPII SPAIN, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) GIGABELL IBÉRICA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 17274 a 17274 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-131059

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (en adelante TRLSA), por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (en adelante LSRL), se hace público que el socio único de "Jippii Spain, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), y el de "Gigabell Ibérica, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), en la toma de decisiones que tuvo lugar, el 30 de junio de 2001, aprobaron la fusión de las dos sociedades mediante la absorción de "Gigabell Ibérica, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal) (sociedad absorbida) por parte "Jippii Spain, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal) (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de aquella y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a "Jippii Spain, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal).

La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, el día 13 de junio de 2001, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el 26 de junio de 2001, y con los Balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2000, siendo ambos documentos aprobados, respectivamente, por el socio único de la sociedad absorbente y por el de la sociedad absorbida. La fecha a partir de la cual las operaciones de "Gigabell Ibérica, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal) (sociedad absorbida) se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de "Jippii Spain, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal) (sociedad absorbente), será, según resulta del citado proyecto de fusión, el 1 de enero de 2001.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 TRLSA, por remisión del artículo 94 LSRL, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 TRLSA, por remisión del artículo 94 LSRL, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 TRLSA, por remisión del artículo 94 LSRL.

Madrid, 30 de junio de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración de "Jippii Spain, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal).-El Administrador único de "Gigabell Ibérica, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal).-36.896.

2.a 10-7-2001.

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