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Documento BORME-C-2001-141022

CP SHIPS AGENCIES SPAIN, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) AGENCIA DE SERVICIOS DE CONTENEDORES, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 18355 a 18355 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-141022

TEXTO

Anuncio de fusión 1. Aprobación de la fusión: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el 13 de mayo de 2001, el socio único de la sociedad "CP Ships Agencies Spain, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y el accionista único de "Agencia de Servicios de Contenedores, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, sociedad íntegramente participada por la anterior, acordaron la fusión por absorción de "Agencia de Servicios de Contenedores Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (en adelante ASECO), por parte de "CP Ships Agencies Spain, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (en adelante CPSAS), con extinción de la personalidad jurídica de aquella y transmisión de su patrimonio en bloque a CPSAS, como sucesora universal, la cual viene a subrogarse en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, en los términos establecidos en el proyecto de fusión, todo ello conforme al procedimiento de fusión regulado por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada en relación con la sección segunda del capítulo VIII de la Ley de Sociedades Anónimas, especificamente con lo dispuesto en su artículo 250.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de dichas sociedades y aprobado por los respectivos Consejos de Administración el día 12 de mayo de 2001, y su depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Madrid el día 11 de julio de 2001, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.

2. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes Balances de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos previstos en dicho artículo y en el artículo 166 del mismo texto legal.

Madrid, 16 de julio de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de "CP Ships Agencies Spain, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Agencia de Servicios de Contenedores, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, Emilio Díaz Ruiz.-39.771. 2.a 24-7-2001.

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