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Documento BORME-C-2001-141082

141 CAMAROTE, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) PROMOPOMA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 18366 a 18367 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-141082

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el socio único de la sociedad "141 Camarote, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal (Sociedad absorbente), y el socio único de la sociedad "Promopoma, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal (sociedad absorbida) decidieron, con fecha 29 de junio de 2001, la absorción de "Promopoma, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal por la sociedad "141 Camarote, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal con extinción, mediante la disolución sin liquidación de aquélla como sociedad absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, todo ello en base al Balance de fusión y en los términos del proyecto de fusión depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Barcelona.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión en el domicilio social de las sociedades intervinientes en la fusión por absorción impropia.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la operación durante un plazo de un mes, contado desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo.

Madrid, 6 de julio de 2001.-El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de ambas sociedades.-39.930. 1.a 24-7-2001.

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