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Documento BORME-C-2001-143089

VIENA INMUEBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) ENSANCHE DE POLINYÁ, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 18534 a 18534 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-143089

TEXTO

Los accionistas únicos de ambas sociedades han aprobado en fecha 20 de junio de 2001 y 30 de junio de 2001, respectivamente, la fusión por absorción de la sociedad "Ensanche de Polinyá, Sociedad Anónima", por la sociedad "Rionter", sobre la base del Balance de ambas sociedades cerrado a 31 de diciembre de 2001, aprobado como Balance de fusión en las fechas citadas anteriormente, de conformidad con el proyecto de fusión redactado por los Administradores de las dos sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 13 de julio de 2001 y publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

La fecha a partir de la cual las operaciones de "Ensanche de Polinyá, Sociedad Anónima", deben entenderse realizadas o producidas a efectos contables por cuenta de "Viena Inmuebles, Sociedad Anónima", es el 1 de enero de 2001, retrotrayéndose los efectos de la fusión a esa fecha.

No existen derechos especiales de ningún tipo en la sociedad absorbente, puesto que no existen en la sociedad absorbida titulares de acciones de clases especiales, ni personas con derechos especiales distintos de las acciones.

La presente fusión se lleva a cabo por el procedimiento de la fusión abreviada o impropia, por lo que, de acuerdo con el artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, no proceden los informes de los expertos independientes ni los informes de los Administradores de ninguna de las dos sociedades fusionadas sobre el proyecto de fusión, pues "Viena Inmuebles, Sociedad Anónima", es titular de todas las acciones de "Ensanche de Polinyá, Sociedad Anónima".

Por la misma razón, tampoco procede el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni existe tipo de canje alguno, ni compensación complementaria en metálico, derivados del proceso de fusión.

Se hace constar el derecho de los acreedores de las dos sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y el Balance que sirve de base para la misma, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de ambas sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 23 de julio de 2001.-"Viena Inmuebles, Sociedad Anónima", Pere Viñolas Serra, representante del Administrador único, "Filo, Sociedad Anónima".-"Ensanche de Polinyá, Sociedad Anónima", Pere Viñolas Serra, representante del Administrador único, "Viena Inmuebles, Sociedad Anónima".-41.065. 1.a 26-7-2001.

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