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Por decisión tomada de común acuerdo por el promotor y entidad gestora "Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", como absorbente de "AGF Unión y Fénix, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", y su depositario "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", de Fenixfondo Tres, Fondo de Pensiones, al amparo de lo previsto en el artículo 15.1, letra a), de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de Planes y Fondos de Pensiones, se pone en conocimiento la decisión tomada, de común acuerdo, de proceder a la disolución y, en su caso, liquidación del citado fondo de pensiones.
La presente publicación se realiza en virtud de lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de Planes y Fondos de Pensiones.
Madrid, 4 de julio de 2001.-Por la entidad gestora, "Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", el Vicesecretario del Consejo de Administración.-39.645.
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